El próximo Jueves 8/12/2022 se llevará a cabo Remate de la ex planta de Fanaesa por intermedio del rematador Nicolás Hernández,
El próximo 8 de diciembre de 2022 a las 15.30 hs, en el local sito en Avenida Uruguay 826 de Montevideo (anrtci) por intermedio del rematador Nicolás Hernández, matrícula número 6925, se subastará extrajudicialmente por cuenta y orden del síndico de “f.u.n.s.a.” contador Júpiter Pérez en autos caratulados: “f.u.n.s.a.- liquidación judicial” iue 41-13/2002 tramitados ante el juzgado letrado de concursos de 2°turno, el inmueble padrón número dos mil cuatrocientos sesenta y dos (2462), sito en el departamento de colonia, localidad catastral rosario, zona suburbana, con frente al bulevar José pedro Varela, el que según plano de mensura del agrimensor Adolfo r Ferrari del 20 de noviembre de 1962, inscripto en la oficina departamental de catastro de colonia, con el número 3707 el 3 de febrero de 1964, tiene una superficie de dos hectáreas.
se previene que:1) el inmueble se subastará en dólares americanos, sin base y al mejor postor.2) el mejor postor deberá depositar en concepto de seña el 30% de su oferta el mismo día del remate, más la comisión e impuestos del rematador fijado en un 3,66%, cumpliendo con la ley 19.210 y las modificaciones introducidas por la ley 19.889.3) el plazo para el depósito del saldo del precio es de 30 días corridos, siguientes a la subasta.4) serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de escrituración del inmueble. que la operación de compraventa se encuentra exonerada del pago del i.t.p. conforme lo dispone el artículo 254 de la ley 18.387.5) existen deudas por concepto de contribución inmobiliaria e impuesto de educación primaria y es de aplicación el art. 177 de la ley 18.387, que establece que: no serán de cargo del mejor postor las deudas comerciales, laborales, municipales, tributarias o de cualquier otra naturaleza que recaigan sobre el bien a subastar. 6) el bien se encuentra libre de ocupantes.7) el inmueble se remata a la vista, en el estado actual material y jurídico, sin reclamo de ninguna naturaleza.8) será de exclusiva responsabilidad del adquirente, la realización de todos los actos necesarios tendientes a obtener las habilitaciones correspondientes ante los diferentes organismos públicos y/o privados para la realización de cualquier actividad comercial. 9) Como es de notorio conocimiento, en el predio a subastar funcionó por décadas la industria Fanaesa, cuya actividad principal lo constituía la fabricación de acumuladores eléctricos (baterías Funsa), y se desconoce la eventual presencia de agentes contaminantes por manejo de residuos que pudiera haber. 10) El comprador deberá tomar a su cargo de los costos correspondientes a la caracterización urbana del inmueble a subastarse.
11)Que la compraventa del inmueble será otorgado por el sindico Júpiter Pérez.
12) Que la posesión del inmueble podrá ser entregada al mejor postor antes de la escrituración, una vez que acredite el pago del saldo del precio.
13) El Expediente se encuentra a dispocisión de los interesados en el Juzgado Letrado de concursos de 2· turno.
